¿Qué es?
El certificado energético o certificado de eficiencia energética es un documento que especifica el consumo energético de una vivienda. Establece, por tanto, la clasificación o calificación energética de la vivienda.
El certificado energético es un documento obligatorio desde Junio de 2013 para viviendas de nueva construcción o viviendas ya construidas que se pretendan vender o alquilar. En la normativa se establecen sanciones en caso de no disponer del certificado y ser éste requerido.
¿Cómo se hace el Certificado Energético?
El certificado energético debe realizarlo o bien un arquitecto o arquitecto técnico o un técnico que disponga de la cualificación requerida por el Ministerio de Fomento.
El técnico acudirá a la vivienda y comprobará los servicios utilizados habitualmente (calefacción, refrigeración, iluminación, necesidades de agua caliente). Con los datos correspondientes, se obtendrá un indicador que recoge los KG de CO2 por metro cuadrado de la vivienda. Cuanto más alto sea el indicador, peor será la eficiencia energética de la vivienda.
El certificado tiene una validez de diez años y deberá registrarse en la comunidad autónoma. En el caso de Baleares, las solicitudes de inscripción en el registro se realiza a través de la Dirección General de Industria y Energía.
Este organismo es quien expedirá la etiqueta energética oficial. El registro puede hacerlo o bien el técnico o el dueño de la vivienda.
Nuestro edificio tiene un Informe de Evaluación ¿necesito solicitar el certificado?
Si el edificio en el que se encuentra la vivienda que se vende o alquila, ha realizado el Informe de Evaluación de edificios, no es necesario solicitar un certificado de forma individual, ya que el IEE contiene esta información que es válida para todo el edificio. Para más información, puede acudir a la documentación remitida por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo
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